martes, 14 de junio de 2011

COMUNICADO 14 DE JUNIO (COMPLEMENTO AL INICIAL)


RESIDENTES DE MEDICINA INTERNA, GERIATRÍA, ENDOCRINOLOGÍA Y NEUROLOGÍA
FACULTAD DE MEDICINA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Por medio de la presente nos dirigimos a ustedes a fin de plantear los objetivos a corto y largo plazo, buscados con la medida de cese de actividades asistenciales y continuación de actividades académicas al entrar en Asamblea Permanente de deliberación, como consecuencia de la problemática planteada en comunicados anteriores:

1.      Reconocimiento por parte de las autoridades del Programa de Medicina Interna y la Facultad de Medicina del estado de Asamblea Permanente de los Residentes de Primer, Segundo y Tercer año de Medicina Interna, los residentes de Primer, Segundo, Tercer año y Fellow de Geriatría, los Residentes de Primer y Segundo Año de Endocrinología y el  residente de Primer año de Neurología. Aclarando que una vez se levante la Asamblea Permanente se nos garantice la reposición del tiempo de duración de la misma en las respectivas rotaciones y que no habrán repercusiones académicas, ni disciplinarias contra los residentes cobijados bajo esta figura legal.

2.      Se brinden, por parte de las directivas del Programa de Medicina Interna y la Facultad de Medicina, las garantías para poder desarrollar todas y cada una de las rotaciones de Primer, Segundo y Tercer año de Medicina Interna, Primer,  Segundo, Tercer, cuarto y Fellow de Geriatría, Primer y Segundo año de Endocrinología y Primer año de Neurología, en sitios adecuados de práctica bajo convenios regulares que cumplan con las condiciones expresadas en el decreto 2376 del 2010, siendo muy relevante en este punto que se cuente con la supervisión estricta y continua por parte especialista durante todas nuestras actividades asistenciales y que se cuente con docente permanente vinculado con la universidad.  El lugar de rotación durante el primer año deberá ser por lo menos de segundo nivel y para aquellas rotaciones a partir de segundo año se deberá contar con una institución de III y IV nivel  con servicios de las subespecialidades de la medicina interna incluido el servicio de Geriatría .En aquellas instituciones con las cuales se elaboren y se mantengan convenios, se deberá asegurar un sitio digno de descanso, sitios de estudio y alimentación.  Nuestro papel como residentes deberá ser reconocido y respetado por el personal profesional en salud y administrativo de las diferentes instituciones.


3.      Continuación del proceso para desarrollo de Hospital Universitario, con el cumplimiento de la Ley 1164 de 2007 y el Decreto 2376 de 2010, bajo la veeduría de representantes del estudiantado de Pregrado y Postgrado, como un proyecto a mediano plazo que permita la centralización de la docencia, asistencia y producción científica interdisciplinario bajo la premisa de escuela de la universidad nacional.

El cumplimiento de la totalidad de estas exigencias no negociables, para todos y cada uno de los residentes vinculados, es condicion sine qua non para el levantamiento de la asamblea permanente de manera inmediata.


ATENTAMENTE,
GRUPO DE RESIDENTES MEDICINA INTERNA – GERIATRIA – ENDOCRINOLOGIA-NEUROLOGÍA

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