miércoles, 13 de julio de 2011

CRONICA DE UN DESASTRE


CRÓNICA DE UN DESASTRE
CRONOLOGÍA DE LA SOCIEDAD UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - FUNDACIÓN SAN CARLOS Y SUS DESENLACES
A continuación un recuento cronológico de esta difícil relación y el presente desolador.
  • 1999 salida de la Universidad Nacional del Hospital San Juan de Dios

  • 2002 AGOSTO 13: Firma del Convenio Docente-Asistencial entre la Universidad Nacional de Colombia y la Fundación Hospital San Carlos para la operación de la Clínica Santa Rosa perteneciente a CAJANAL en liquidación.

  • 2003  ABRIL: Después de escasos 8 meses fue suspendido el convenio docente asistencial por motivos histórica y dolorosamente repetibles a posteriori.

  • 1999: La Facultad de Medicina gestionó más de 200 convenios docente asistenciales para garantizar los espacios necesarios para las prácticas de los programas de salud. Siempre rodeados de incertidumbre.

  • 2007 DICIEMBRE: El presidente de la Junta de la Fundación San Carlos, propietaria del Hospital San Carlos y arrendadora del edificio donde funcionaba la Clínica Carlos Lleras del ISS, le planteó al Consejo de la Facultad de Medicina su interés de contar en el Hospital con una mayor presencia de la Universidad, con miras a obtener una mayor capacidad resolutiva que en el futuro le permitiera hacerse cargo de la operación de la Clínica.

  • 2008 SEPTIEMBRE 14 00:01 horas: El Decano, el Dr. Álvaro Casallas y el Dr. Nairo Cano por la Facultad de Medicina y funcionarios de la Vicerrectoría de Sede acompañaron la Fundación San Carlos a recibir la Clínica y, posteriormente, el día 8 de octubre a la firma del Contrato de a la firma del Contrato de Asociación para la operación conjunta mediante la modalidad del Joint Venture con una cláusula de incumplimiento que protegería a la Universidad Nacional en caso de incumplimiento por un valor de 10.900.000 $.
  • 2010 DICIEMBRE 22: La Universidad Nacional de Colombia presenta con base en la normativa vigente el proyecto de Convenio Regulador de la Relación Docencia-Servicio, a la Fundación San Carlos.
  •  2011 FEBRERO 7: La Fundación San Carlos presenta el documento “Situación financiera Clinica universitaria Carlos Lleras Restrepo, cierre contable 2010,  informando las pérdidas generadas por el funcionamiento de Carlos Lleras y difiriendo en gran medida de las cifras de los balances presentados por la subdirección científica a cargo de la Universidad Nacional de Colombia

  • 2011 ENERO 24: La Fundación San Carlos a través de la Ing. Marcela Góngora, presenta la “Propuesta de Funcionamiento Clínica Universitaria Carlos Lleras Restrepo”, donde se incluyen entre otros:

“En la propuesta de operación solo se mantendría por el momento un piso de hospitalización con lo que se vé reducido sustancialmente el costo requerido de personal pasando de 394 millones mensuales a 130 millones mensuales.”
(…) “La propuesta de reducción de gastos está directamente relacionada con la operación e algunos gastos son reducidos al 33%. Teniendo en cuenta que solo operaría Urgencias y un piso de Hospitalización…”

  • FEBRERO 2011: La Fundación San Carlos  a través del Dr. Gabriel Montenegro presenta el informe “Clínica Universitaria Carlos Lleras Restrepo. Análisis de Productividad y Plan de Atención de Servicios de Urgencias y Hospitalización” proponiendo entre otros apuntes para el funcionamiento de Urgencias donde plantea reconsiderar (óigase bien) la revista Docente:
(…) ”Proponemos los siguientes puntos para poder continuar con la prestación del servicio de Urgencias.           
1.      Reconfigurar el servicio de Urgencias para optimizar su eficiencia. Es necesario reevaluar los procedimientos de Triage, asignación de consultorios para consulta prioritaria o diferible y su vinculación con el servicio de consulta externa. Rediseño y redistribución de las áreas para evitar la internación en camillas. Definir las actividades académicas que se puedan adelantar en el servicio de urgencias. Reasignar los sitios para examen, procedimientos y atención de alta complejidad. Reevaluar los criterios de hospitalización en observación.
2.      Establecer un sistema de alerta para el personal médico, cuando se congestione el servicio de Urgencias. El sistema de alerta genera una notificación inmediata a los servicios de hospitalización dada la inminencia de requerimiento de camas libres en las áreas de hospitalización.
3.      Establecer un sistema interno de seguimiento de los pacientes atendidos, de manera que los nuevos casos de urgencias no distraigan la atención sobre los ya aceptados y en proceso de evaluación, diagnóstico o tratamiento.
4.      Redefinir las necesidades de tecnología y equipos biomédicos para garantizar una atención de calidad y oportunidad.
5.      Establecer un liderazgo permanente, de manera que las decisiones se tomen con criterios basados en la evidencia, y con la orientación institucional y administrativa que se haya establecido. La interacción con las demás áreas del servicio de Medicina Crítica determinará la priorización de la atención, requerimientos de hospitalización y jerarquía administrativa suficiente para ordenar a todo el personal del área.
6.      Desarrollar sistemas de evaluación y auditoría de la operación del servicio. Este en un punto fundamental para evaluar el funcionamiento base y establecer las pautas y metas de mejoramiento. Reforzar los programas de garantía de calidad y optimización de la atención.
7.      Insistir en un Cambio Cultural, al interior, reevaluar el trabajo y los colaboradores, la intención y disposición para aceptar el cambio. Hacia afuera, con las aseguradoras, para que orienten adecuadamente a los usuarios y las indicaciones para requerir el servicio de urgencias. A los usuarios para que entiendan los criterios de clasificación o triage de manera que acepten la dilación de la atención en pos del beneficio de los más graves.

Indudablemente los planes de re-estructuración y optimización del servicio de urgencias requieren inversión. Igualmente se requiere redefinir los compromisos de la Universidad  sus docentes y dicentes de pre y post-grado con el objeto de acoplar adecuadamente la funcionalidad del servicio. Indefectiblemente la responsabilidad de la atención debe recaer sobre el personal del hospital, la Universidad dimensionará el compromiso asistencial al que puede responder, al tiempo que adelanta las tareas docentes. SE DEFINIRÁ LA PERTINENCIA DE LAS ACCIONES TRADICIONALES COMO LA REVISTA MÉDICA CON TODOS LOS DICENTES, y se replantea la discusión clínica posterior en  áreas de servicio Académico que se asignarían dentro del mismo espacio. La actividad asistencial de la Universidad cumplirá con todos los requerimientos administrativos y de ley con respecto a la historia clínica, las órdenes médicas, y todos los demás trámites naturales de la Institución.

  • 2011 ENERO 6: La Fundación San Carlos  a través del documento entregado y presentado el día 6 de enero de 2011 por el Dr. Walter Puerto, presenta una propuesta de Convenio Docencia Servicio desde su punto de vista incluyendo entre otros y cito:
(…) “Si la Academia, y la escuela de medicina conoce el negocio, conoce los mercados, y mantiene claramente separadas las funciones de gobierno y docencia, proponemos los siguientes principios para la suscripción y el desarrollo del convenio docencia – servicio.

1. La Universidad para el propósito de este convenio tendrá en una instancia de alto nivel directivo, consejo o comité, el ente de gestión y seguimiento. Esta instancia velará por el adecuado desempeño del acuerdo, al interior de la facultad y toda su estructura organizacional.

2. El Hospital tendrá en el comité directivo la instancia de seguimiento y gestión para el adecuado cumplimiento de los propósitos establecidos en el convenio docencia – servicio.

3. Debe propenderse por una justa y estricta separación de los recursos financieros de la Universidad y el Hospital.

4. El hospital puede reconocer económicamente los servicios médicos que preste la Universidad con los profesionales docentes, o con los residentes, que son médicos graduados, que serían elegibles para prestar servicios como médicos generales hospitalarios. Se plantea además la posibilidad de que se organicen planes de atención médica por parte de grupos organizados de médicos especialistas de la facultad, para la venta de servicios de atención medica, y que el hospital contrataría con la universidad, de acuerdo con la normatividad legal que al respecto regule este tipo de convenios laborales.

5. La universidad recibirá recursos destinados a docencia e investigación, y aquellos que contrate con el hospital de acuerdo con su capacidad de venta de servicios de atención médica, y le reconocerá al hospital los costos definidos por la utilización de espacios, la utilización de servicios que necesite para el desarrollo de las labores académicas al interior de la institución hospitalaria. Además concurrirá en las erogaciones inherentes a la labor docente y aquellas que se deriven del convenio docencia servicio de acuerdo con el decreto 2376 de 2010.

6. El hospital y la Universidad tendrán una separación clara de la responsabilidad de sus respectivos asuntos financieros.

7. Los directores de departamento o de servicio en el área clínica podrán ser nombrados de los candidatos sugeridos por la Universidad, tendrán que servir a los diferentes roles tanto con respecto al decano y a la universidad, como con respecto a la gerencia y dirección del hospital.

 8. El personal médico del hospital tendrá obligaciones docentes, labor que tendrá reconocimiento por parte de la Universidad, no obstante estarán separados de los grupos de práctica clínica de la facultad.

9.   La instancia de gobierno del convenio docente asistencial, con la asesoría de los diferentes consejos, serán responsables de la negociación entre las dos instituciones, y de la planeación de las responsabilidades clínicas compartidas.

El compromiso fundamental está en lograr la cristalización de los acuerdos y buscar el éxito de cada uno de los negocios y del convenio.”

  • 2011 FEBRERO 11, La Fundación San Carlos presenta su Estrategia para la terminación del contrato de joint venture la Universidad Nacional de Colombia y la Fundación Hospital San Carlos”

Y cito:

(…) “De acuerdo con lo dispuesto en las instancias de gestión y dirección se ha acordado la terminación de mutuo acuerdo del contrato de “Joint Venture” y como consecuencia es preciso plantear la estrategia a seguir dentro del proceso de liquidación de manera que las dos instituciones no se vayan a someter a condiciones desfavorables en la esfera de su misión institucional y en el manejo de sus recursos financieros. En desarrollo de esta estrategia surge como resultado de la misma, la necesidad de las dos instituciones de establecer un convenio Docencia Servicio a la luz de la normatividad legal (…)

En el momento en que se defina la finalización del convenio precitado, la Fundación Hospital San Carlos y la Universidad Nacional determinarán un plazo razonable para llevar a cabo la liquidación, con base en las obligaciones adquiridas y las participaciones pactadas en el negocio, de manera que tras ese proceso liquidatorio, las dos entidades se
vean lo menos afectadas posible, y no se generen impactos en la operación cotidiana y sus compromisos de prestación de servicios, (el Hospital), y de formación de recurso humano, (la Universidad). El proceso de liquidación se llevará a cabo de acuerdo con la normatividad legal vigente y se propone que se obre a través de un liquidador concertado y avalado por ambas partes (Comité Directivo). Este proceso deberá culminar con la cesación de todas las obligaciones legales y los compromisos contractuales y financieros que se hayan adquirido durante la vigencia de operación del Joint hasta el momento de su liquidación final.

La terminación del Joint indicará la cesación de todos los acuerdos para la operación y participación en la dirección, orientación y funcionamiento de la Clínica Carlos Lleras Restrepo por parte de la Universidad Nacional de Colombia, la suspensión de todos los cargos de administración y operación al interior de la estructura funcional de la Clínica y la restitución de la autonomía administrativa, operativa y financiera de la Fundación Hospital San Carlos, sobre la Clínica Carlos Lleras Restrepo. No obstante la terminación del Joint, el proceso de liquidación se surtirá manteniendo la operación de la Clínica Carlos Lleras Restrepo, como sede funcional de la Fundación Hospital San Carlos, bajo su pleno control y operación, con la vigencia del Comité Directivo que orientará y vigilará para que el proceso de liquidación se realice con base en las proyecciones financieras que se hayan determinado, favoreciendo así el menor impacto para ambas instituciones.

En aras de poder determinar y prever el proceso de liquidación, es necesario plantear dos ámbitos de gestión que requieren muchísima atención por parte de las directivas de las dos instituciones, y que con la menor desatención podrían convertirse en detonantes de situaciones complejas que deteriorarían la buena imagen de las dos instituciones. Por un lado la terminación y posterior liquidación del Joint Venture se hace de mutuo acuerdo de las partes, en ningún caso por quiebra o disolución por conflicto. Al mutuo acuerdo se llega por condiciones sobrevinientes de índole jurídico, operacional y financiero que desfiguran el propósito inicial del contrato y cualquier intento de modificación afectaría sustancialmente el objeto inicialmente planteado en el acuerdo. Por otro lado las dos instituciones acuerdan por un lado un proceso de liquidación concertado, controlado y verificado, y una firme voluntad para constituir un convenio Docencia-Servicio que permita a la luz de la legislación vigente, continuar con el vínculo institucional establecido desde hace muchos años (Resolución 008 del Consejo Académico de la Facultad de Medicina de la Universidad nacional de Colombia 2 de febrero de 2000). Por parte de la Universidad se comunicará a todo el estamento académico la decisión de terminación del contrato y la necesidad de que todos los actores de la institución académica participen de la formulación y compromiso en las soluciones que se avizoren, a corto, mediano y largo plazo. El aplazamiento de estas acciones conllevará una repercusión financiera toda vez que se estima en alrededor de 400 millones de pesos mensuales el incremento del déficit acumulado de continuar la misma estructura de operación, lo que condiciona una peligrosa situación de riesgo financiero para la Fundación, y en desarrollo del Joint para la Universidad. En consecuencia se proyecta la liquidación a mediano plazo, con el aporte obligado de la Fundación Hospital San Carlos y de la Universidad Nacional. El aporte de la fundación lo constituye el que la operación de la clínica, siga nutriendo por el plazo determinado para la liquidación, los recursos del Joint, de manera que en el plazo determinado se haya podido reducir el gran déficit que se produciría con un cierre y suspensión de la operación. El aporte de la Universidad se traduciría en un monto mensual determinado, en contraprestación por la utilización de la institución hospitalaria como escenario de docencia y práctica para poder desarrollar la misión de la Universidad.

Con base en un esquema muy balanceado de la viabilidad financiera de la operación de la Clínica Carlos Lleras Restrepo, y partiendo de la capacidad instalada y la producción y rentabilidad de los servicios habilitados, la Fundación Hospital San Carlos, sobre quien recaerá toda responsabilidad para una operación financiera y técnicamente exitosa, solamente podría comprometerse a mantener la operación de la Clínica en las siguientes condiciones:

1. Reorganización funcional y operativa de la Clínica Carlos Lleras Restrepo.

2. Unificación de las 2 sedes en una sola persona jurídica y actualización de la habilitación a que hubiera lugar.

3. Redimensionamiento de la capacidad operativa de los servicios abiertos. Remodelación de 1 o varios pisos con el consiguiente cierre y desactivación temporal de la operación. La operación de hospitalización mantendría abiertas máximo 100 camas (2 pisos de hospitalización), con un dimensionamiento de personal médico y paramédico suficiente y ajustado a los estándares nacionales.

4. Definición de las especialidades médicas y quirúrgicas que podrían disponerse dentro de un esquema de atención de 2° nivel, complementado por los servicios de 3° y 4° nivel que actualmente funcionan en el Hospital San Carlos. La definición de esas especialidades estará sujeta a la disponibilidad de especialistas en el mercado y un beneficio resultante de la prestación de servicios de hospitalización como resultante de una adecuada negociación de los contratos con las empresas administradoras de planes de beneficio.

5. Redimensionamiento del servicio de quirófanos de manera que se fortalezcan y optimicen los recursos de quirófanos del Hospital San Carlos, con agendas de operación más pobladas y mejor planeadas, disminuyendo el costo de operación y asegurando una mejor utilización del recurso físico, humano y económico.

6. Integración de los servicios de Urgencias, Quirófanos y Cuidado Intensivo, intermedio y Coronario en una división de Medicina Crítica, cuya responsabilidad está en proveer una adecuada, eficaz y rápida atención a los pacientes que hagan tránsito por cualquiera de esos servicios (…)

7. El Hospital San Carlos no está interesado en mantener el funcionamiento de las áreas de consulta externa. Las razones para esta decisión son: tarifas bajas por este tipo de atención, desintegración de la secuencia de atención determinada por el hecho de que una vez realizada la consulta, existe una alta probabilidad de que resulte en el proceso el requerimiento de exámenes o procedimientos médicos o quirúrgicos que las aseguradoras redireccionan a otras redes de prestadores en donde tienen capitado o contratado de manera muy ventajosa para el asegurador esos servicios. Esto significa que los servicios más apreciados en términos económicos, no son favorecidos dentro de las instalaciones de la clínica, por lo que se pierden oportunidades quirúrgicas y de procedimientos. Igualmente se observa una importante concentración de especialistas en la nómina asignada a ese servicio, con las razones antes expuestas, el servicio de consulta externa se convierte en uno extremadamente costoso, contando además con un área física subutilizada y un requerimiento de personal, soporte administrativo y de servicios públicos que incrementa todavía más el costo. Puesto que la Universidad requiere de los espacios de consulta como escenario docente por excelencia, se debe dimensionar la cantidad de consultorios y la optimización de las agendas de manera que se pueda, con un costo regulado, mantener una operacional racionalizada del servicio de consulta externa, con el personal de especialistas de docentes de la Universidad y unos compromisos de producción de servicios muy bien acordados entre el Hospital y la Universidad.

8. Ponemos a disposición de la Universidad, como ambientes docentes y académicos los dos pisos de hospitalización del Hospital San Carlos, con un total de 45 pacientes, como áreas académicas para postgrado, la Unidad de Cuidados Intensivos Adultos, la de intermedios, y la Unidad Renal. El servicio de quirófanos para la rotación de pre y postgrado de cirugía general y especialidades quirúrgicas.

9. Las mismas áreas de las dos sedes pueden ser escenarios docentes para las facultades de enfermería y Terapia. Se requiere establecer lo referente al plan de estudios y demás temas para la firma del convenio.

10. Puesto que puede presentarse una disminución no sustancial de pacientes, proponemos que, debido a que las rotaciones de las áreas clínicas se lleva a cabo en los horarios de la mañana, se programen rotaciones para estudiantes en las horas de la tarde, con la consecuente duplicación del número de oportunidades de exposición del estudiante a enfermos de diversa patología.

11. Igualmente proponemos facilitar cubículos para discusión de temas clínicos y enseñanza de los conceptos a que haya a lugar, en un escenario distinto a la cabecera del enfermo, lo que condiciona una experiencia negativa para la persona, y una inoportunidad de soluciones y recomendaciones para el enfermo.

En esta perspectiva, creemos que se requiere una definición urgente de la situación del contrato del Joint, una creativa e imaginativa reorganización del proceso docente asistencial, un compromiso de suscripción de un acuerdo docencia – servicio a la mayor brevedad, una planeación responsable de la supervivencia de la Fundación San Carlos y un acuerdo de liquidación del Joint a mediano plazo.

Es necesario tener en cuenta el alto grado de endeudamiento que actualmente afronta la operación y que no hace viable continuar con la estructura actual, donde al corte de 31 de Diciembre ascendía a la suma de $12.418.316.240. El objetivo principal es bajar el nivel de endeudamiento, soportándolo con la operación de las unidades más rentables y suprimiendo la unidad de consulta externa y temporalmente un piso de hospitalización.



  • 2011 MARZO 8: La comisión conjunta de las dos partes Universidad Nacional y Fundación San Carlos decidiéndose:
(…) “La terminación y liquidación del convenio es la recomendada por la comisión, con base en las siguientes premisas básicas de acuerdo interinstitucional:
1.      Suscripción de un acta de terminación del convenio a riesgo compartido existente entre las partes. 
2.      En el acta de terminación del convenio se señalará el inicio, el plazo y la metodología del proceso de liquidación de las obligaciones y los derechos consolidados durante el período de operación conjunta de la CUCLLR. El proceso de liquidación deberá culminar con la cesación de todas las obligaciones legales, los compromisos contractuales y financieros y las participaciones pactadas durante la operación conjunta del Joint, de manera que a través de ese proceso liquidatorio no se vean comprometidos los objetivos misionales de las dos entidades, es decir, no se generen impactos en la operación cotidiana y sus compromisos de prestación de servicios, (el Hospital), y de formación de recurso humano, (la Universidad).
3.      Los miembros de la comisión estiman conveniente que la liquidación de la operación conjunta sea realizada por un tercero ajeno a las partes, seleccionado por los representantes legales de las partes. Igualmente, se estima que el plazo de liquidación sería de un (1) año
De ninguna manera el proceso de liquidación del convenio implicará el cierre o la suspensión de la operación  de la Clínica Carlos Lleras Restrepo, la cual continuará funcionando con sus servicios articulados con el Hospital San Carlos, ambos sedes de la Fundación Hospital San Carlos.

Con respecto al Convenio Docencia-servicio y su relación con el modelo de atención se presentaron puntos de vista discordantes. Desde el punto de vista de la Universidad Nacional, la terminación del Joint indicará la entrada en vigencia del Convenio Docencia-servicio que a su vez demanda la reorganización de la estructura organizacional y funcional del complejo hospitalario (Clínica Carlos Lleras Restrepo y FHSC). No obstante la terminación del Joint, el proceso de liquidación se surtirá manteniendo la operación dentro de un modelo articulado de la Clínica Carlos Lleras Restrepo, como sede funcional de la Fundación Hospital San Carlos, asumiéndose a partir de allí el complejo Hospitalario como uno solo para los efectos generales y específicos del Convenio Docencia-servicio. Dentro de este marco de referencia la Universidad propone la constitución inmediata del Comité del Convenio y de la UNIDAD DE GESTION DOCENCIA SERVICIOS, (UGDS), con participación bilateral y funciones definidas relativas a lograr los acuerdos operativos que garanticen la conjunción de los desarrollos misionales de ambas instituciones, en términos de CONCERTACION, RECIPROCIDAD, RESPETO Y EXCLUSIVIDAD, todo esto dirigido a propender por la sostenibilidad de los procesos dentro del nuevo modelo de relación.
Los representantes de la Fundación San Carlos presentaron a su vez un análisis sobre la productividad y una propuesta sobre la organización inmediata de los servicios de la CUCLLR. Esta propuesta incide tanto sobre el modelo de atención y en Convenio Docencia-servicio, y hará parte de los procesos de definición del Convenio Docencia-servicio y el modelo de atención, propuestos atrás.”

  • 2011 JUNIO 8: La Fundación San Carlos ordena el cierre intempestivo y unilateral de los servicios de Consulta Externa, Salas de Cirugía y sistema de referencia y contrarreferencia, afectando a usuarios de los servicios y trabajadores de la Clínica así como a estudiantes de pregrado, postgrado y docentes de la Facultad de Medicina de la Universidad Nacional de Colombia.

  • 2011 JUNIO 9: El grupo de residentes del departamento de medicina interna, inscrito en los programas de medicina interna, geriatría y endocrinología, decide iniciar asamblea permanente de deliberación.

  • 2011 JUNIO 23: El Decano de la Facultad de Medicina Dr. Carlos Agudelo, después de un semestre de negociaciones con miembros de la Fundación San Carlos presenta la PROPUESTA DE CONVENIO DOCENCIA SERVICIO.




EN RESUMEN:
Todos los acontecimientos ocurridos en el último año han ocurrido tal y como era el deseo del Comité Directivo de la Fundación San Carlos.
Su victoria política más significativa, la liquidación del Joint Venture sin hacer uso de su cláusula de incumplimiento que con creces violaron en repetidas ocasiones.
Cierre de servicios y funcionamiento parcial de Clínica Carlos Lleras según el plan elaborado por la Fundación San Carlos por encima de las necesidades de la universidad.
Planteamiento actual de la firma del Convenio Docencia Servicio preaprobado por el consejo de Facultad en cabeza del Decano, con un socio históricamente nefasto para la universidad nacional, a través de una relación históricamente tórpida lográndose los objetivos deseados de dicho socio.
Desaparición del funesto comité directivo que entorpeció históricamente la relación de la sociedad, pasándose al mando de la junta directiva sin ninguna certeza de que esta junta sea favorable a los intereses de la universidad. Ya que los integrantes del comité directivo continuarán ejerciendo su influencia en la toma de decisiones.

lunes, 11 de julio de 2011

RECOMENDACIONES AL ANEXO TECNICO DE NUEVO CONVENIO

Bogotá, 01 de Julio de 2011

Doctor
Nairo Cano Arenas
Vicedecano(e) de la Facultad de Medicina y Director del Área Curricular de Medicina
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA
A través del presente documento, nosotros los residentes de Medicina Interna, Geriatría, Endocrinología y Neurología en Asamblea Permanente exponemos nuestras recomendaciones en relación con el convenio docencia servicio próximo a firmarse con la Fundación Hospital San Carlos:

·         En el numeral 4c en el cual se establece que ambas partes deberán acatar las evaluaciones y recomendaciones del Comité Docencia Servicio solicitamos se nos haga conocer quiénes son los miembros que conformarán dicho comité por parte de FHSC y la Universidad Nacional y se nos asegure que se reúnan según lo establecido en el decreto 2376, es decir, por lo menos cada 3 meses.

·         En el numeral 4k que establece que la Universidad tendrá prioridad en los servicios clínicos en los cuales se cuente con talento humano en funciones docentes, solicitamos se nos garantice el acceso a los docentes de la Universidad a cada uno de los servicios ofrecidos por la Fundación Hospital San Carlos. 

·         En el numeral 4m y 5l que establecen la participación económica así como la inversión en infraestructura para asegurar las condiciones de bienestar del grupo de residentes, solicitamos se nos garantice que contaremos con aquéllas mencionadas en el decreto 2376.  

·         En el numeral 6b en el cual se determina que el establecimiento y mantenimiento de los servicios habilitados es potestad de la Junta Administradora de la FHSC, recomendamos se incluyan garantías en el presente convenio para que no se presenten las situaciones ya vividas de cierre unilateral de servicios por parte de la FHSC en perjuicio de los intereses académicos de la Universidad Nacional.

·         En el numeral 6d en el cual se incluyen entre las obligaciones de la FHSC la concertación de las modificaciones de los programas docentes, recordamos que los programas docentes y su pensum son responsabilidad del Coordinador de la Unidad de cada uno de los Departamentos y que los hospitales en los cuales se desarrollan rotaciones deberán ser residente-independientes para sus actividades asistenciales.

·         En el numeral 11 parágrafo segundo se establece el cumplimiento del decreto 2376 en cuanto a jornada horaria y turnos, solicitamos que se nos garantice que no se exceda el número de horas determinado por la ley, una vez iniciemos nuestras actividades asistenciales.

Recomendamos que se incluyan dentro de los anexos técnicos:

·         Generalidades

o   Respeto por la formación en bloques académicos de los departamentos médicos y quirúrgicos adscritos a la Universidad Nacional de Colombia. Entendiéndose como bloque académico el conformado por docente, residente, internos y estudiantes de pregrado confluyendo en un tiempo y espacio particulares.

o   Inclusión de la mayor cantidad de especialidades que brinda la Universidad Nacional al funcionamiento de la Fundación Hospital San Carlos (FHSC).

o   Garantizar el acceso de los docentes de la Universidad a todos los servicios que ofrezca FHSC.

·         Medicina Interna

Todos los servicios implementados abajo mencionados estarán enmarcados  bajo la normatividad del  Sistema Obligatorio de Garantía De La Calidad De La Atención De Salud (SOGCS) del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), con un 3 y 4 nivel de complejidad.

o   Hospitalización

§  12 camas por bloque académico

§  Piso Geriatría

o   Urgencias y sala de reanimación

o   Cuidado Crítico

o   Cuidado Intermedio

o   Consulta Externa

§  Medicina Interna

§  Geriatría

§  Endocrinología

§  Reumatología

§  Neumología

§  Neurología

§  Cardiología

§  Hematología

§  Nefrología

§  Dermatología

§  Gastroenterología

o   Imágenes  Diagnósticas

§  Departamento de Radiología Universidad Nacional

§  Disponibilidad de imágenes 24 horas

§  Teniendo como prioridad la adquisición de un Tomógrafo

o   Laboratorio clínico de 3 nivel

o   Procedimientos Diagnósticos

o   Salas de cirugía y anestesia general disponibilidad 24 horas  y quirófanos habilitados para subespecialidades quirúrgicas

o   Bienestar

§  Lugar de descanso

§  Sitio de estudio y biblioteca

§  Alimentación de acuerdo al tiempo de turno

Residentes Medicina Interna, Geriatría, Endocrinología y Neurología

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA



CC  Rectoría

      Vicerrectoría de Sede

      Decanatura Facultad de Medicina

      Departamentos Medicina Interna, Cirugía, Ginecología

     

ASAMBLEA: FUNDAMENTOS LEGALES

Bogotá D.C., 1 de Julio de 2011

COMUNICADO RESIDENTES DE MEDICINA INTERNA, ENDOCRINOLOGÍA, GERIATRÍA

A continuación presentamos enumerados los fundamentos legales para haber tomado la decisión de iniciar la asamblea permanente de los residentes de Medicina Interna, Endocrinología y Geriatría, motivados por la crisis de los hospitales donde se realizan actividades docente-asistenciales por el grupo clínico de la Facultad de Medicina.
Se citan los principales artículos que respaldan las exigencias, y otros que no se están cumpliendo dentro del modelo de atención actual:

1. Ley 1164 de 2007 por la cual se dictan disposiciones en materia del talento humano en salud.
1.1 Artículo 13: De la calidad en los programas de formación en el área de la salud. Parágrafo 1°. Los programas de formación en el área de la salud deberán contener prácticas formativas que se desarrollen en los escenarios que cumplan las condiciones definidas para el efecto, a fin de garantizar la adquisición de conocimientos, destrezas y habilidades, actitudes y aptitudes requeridas por los estudiantes en cada disciplina.
En cualquier caso la Institución de Salud u otro escenario de práctica garantizará la supervisión por un docente responsable de la práctica formativa que realiza el estudiante, así como las normas de calidad exigidas por la normatividad vigente.

Es evidente que las condiciones asistenciales y técnicas de la Clínica Universitaria Carlos Lleras Restrepo, donde se lleva a cabo más del 60% de los créditos del programa de especialidad en Medicina Interna, no cumplen con las condiciones apropiadas para la formación de especialistas teniendo en cuenta los recursos tecnológicos de apoyo diagnóstico y la posibilidad de realizar actividades de tercer nivel de atención dentro de la misma.
De acuerdo a lo establecido en rotaciones por fuera de la CUCLLR, por ejemplo la rotación por el Instituto Nacional de Cancerología, no se garantiza la presencia de un docente de la facultad, para supervisar y dirigir las actividades tanto académicas como asistenciales.

2. Decreto 2376 de 2010.
2.1 ARTICULO 3.- Principios de la relación Docencia-Servicio c. Respeto a los derechos de los usuarios: La relación docencia - servicio se desarrollará asegurando el respeto de los derechos de los usuarios de las instituciones y servicios involucrados en dicha relación. En especial, se debe asegurar que la calidad de los servicios y la seguridad de los pacientes no se afecten negativamente por el desarrollo de las prácticas formativas. Todas las actividades asistenciales realizadas por los estudiantes en formación se realizarán bajo estricta supervisión del personal docente y/o del responsable de la prestación de los servicios, de conformidad con el Sistema de Garantía de la Calidad del Sistema de Seguridad Social en Salud

Nuevamente no solo la ausencia de profesores de la facultad en algunos de los sitios de práctica, sino la ausencia de recursos, insumos y tecnología para brindar una atención en salud de excelente calidad; hacen que este principio no se cumpla.
2.2 ARTICULO 15.-Garantías de seguridad, protección y bienestar de los estudiantes. b. Los estudiantes de postgrado serán afiliados a los Sistemas de Seguridad Social en Salud y Riesgos Profesionales por el tiempo que dure su entrenamiento. Para efectos de la afiliación y pago de aportes, se tendrá como ingreso base de cotización un salario mínimo legal. En todo caso, dicha afiliación no implicará un vínculo laboral, considerando que se da en el marco de una relación académica.

Teniendo en cuenta lo anterior, es claro que las instituciones con las cuales se tienen convenios docencia-servicio, NO establecen relaciones contractuales con nosotros como residentes para garantizar su actividad asistencial, por lo tanto no se adoptarán sanciones por parte de las mismas en relación a nuestro cumplimiento de labores asistenciales.

c. Los turnos de las prácticas formativas de los estudiantes se fijarán atendiendo las normas, principios y estándares de calidad en la prestación del servicio de salud y de bienestar de los estudiantes y docentes. En cualquier caso, los turnos serán de máximo 12 horas, con descansos que garanticen al estudiante su recuperación física y mental y no podrán superar 66 horas por semana.

En la gran mayoría de sitios de práctica, los créditos que se realizan en turnos exceden los límites impuestos por la ley prolongándose incluso por 30 horas seguidas.

d. Los estudiantes de programas académicos de formación en el área de la salud que requieran de residencia o entrenamiento que implique la prestación de servicios de salud por parte de ellos, tendrán derecho a alimentación, hotelería, ropa de trabajo y elementos de protección gratuitos, de acuerdo con las jornadas, turnos y servicios que cumplan en el marco de la práctica formativa.

No se nos garantiza el servicio de alimentación en todos y cada uno de los diferentes centros de práctica.

2.3 ARTICULO 16.- Garantías académicas a los estudiantes b. Participar en actividades asistenciales necesarias para su formación bajo estricta supervisión del personal docente y/o asistencial previsto en los convenios docencia – servicio

No se nos ha asegurado en algunos convenios docencia-servicio la presencia, durante todos los momentos de la formación y del desarrollo de actividades asistenciales, de un docente de la universidad, por ejemplo los fines de semana en la rotación de urgencias en el Hospital el Tunal y todo el desarrollo de la rotación de medicina interna en el Instituto Nacional de Cancerología.

3. Acuerdo 044 de 2009 del Consejo Superior Universitario
3.1 ARTÍCULO 5. Derechos de los Estudiantes. Los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia son titulares de todos los derechos que le son inherentes a su condición humana y de ciudadano colombiano, especialmente se le reconocerán y garantizarán los siguientes:

1. A recibir una educación de calidad académica y pedagógica, de acuerdo con los lineamientos establecidos por las instancias pertinentes. Esto incluye el derecho a recibir el programa académico de acuerdo a lo establecido por la normatividad aplicable, y el derecho a hacerse parte activa de los procesos de docencia investigación, extensión y de actividades extraacadémicas desarrollados por la universidad como parte de la integralidad de la formación.

Teniendo en cuenta que más del 60% de la formación del posgrado de medicina interna se desarrollaba en la Clínica Carlos Lleras Restrepo, es evidente que los recursos tanto en insumos como en tecnología que la clínica ofrece, no cumplen con las exigencias que demanda la formación de estudiantes de posgrado además de impactar en la pobre calidad para la atención a los pacientes.

6. A ser escuchado y atendido en descargos e interponer los recursos de reposición y apelación en caso de proceso disciplinario y/o académico, de acuerdo con el presente reglamento, teniendo las garantías derivadas del debido proceso.

Hacemos uso de este derecho organizándonos con la figura de Asamblea Permanente para la discusión con respecto a la crisis actual de la red de hospitales de la Universidad Nacional, producto además de la ausencia de hospital universitario, y las posibles soluciones para optimizar la formación de posgrado en el área clínica.

10. A participar en la elaboración de políticas institucionales y en los procesos de construcción y evaluación académica y docente de la universidad.

Exigimos la participación como estudiantes de posgrado como veedores del proceso de Hospital Universitario de la Universidad Nacional, para garantizar que se cumplan las condiciones para la apropiada formación en las áreas clínicas.

15. A la libertad de opinión crítica, expresión, participación, organización y protesta dentro del respeto de los derechos del otro y acorde con los principios generales de la Universidad, contemplados en su estatuto general.

Hacemos uso de este derecho en la forma de organización en asamblea permanente.

RESIDENTES DE MEDICINA INTERNA, GERIATRÍA Y ENDOCRINOLOGÍA.

CARTA ABIERTA A LOS PROFESORES DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Bogotá D.C., Julio 1 de 2011

CARTA ABIERTA A LOS PROFESORES DE LA FACULTAD DE MEDICINA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Como es bien sabido por ustedes los residentes de los programas de Medicina Interna, Geriatría y Endocrinología del departamento de medicina nos encontramos en cese de actividades asistenciales amparados en el derecho constitucional a la protesta (también manifiesto en el Acuerdo 044 de 2009 del Consejo Superior Universitario) y mediante la figura de asamblea permanente, en respuesta a la crisis sin precedentes, que afecta a la red de hospitales universitarios, provocada por el cierre de forma unilateral por parte de la Fundación San Carlos, de la mayoría de servicios de la Clínica Universitaria Carlos Lleras Restrepo, principal sitio de práctica de estudiantes de pre y posgrado en las áreas clínicas.
Hemos conocido las comunicaciones realizadas por ustedes, dirigidas a estamentos administrativos y académicos de la universidad, pronunciamientos con respecto a la crisis de la red de hospitales, producto de la ausencia desde hace 12 años del hospital universitario de la Universidad Nacional de Colombia. Diferentes comunicaciones en las que manifiestan la actitud irresponsable de las directivas tanto de la universidad como de la facultad, de continuar los programas de formación en pre y posgrado, ante la falta de garantías de las condiciones asistenciales y técnicas adecuadas en los hospitales con los cuales se tienen convenios docencia-servicio para desarrollar los programas con estándares de máxima calidad, de la forma que amerita la formación en la facultad de medicina de la universidad más importante del país. En vista de la crisis actual, varios de ustedes han propuesto medidas razonables y necesarias que incluyen hacer un alto en las carreras de la facultad, ya que la situación actual no asegura formación con calidad, formación a la cual aspiran los estudiantes admitidos a partir de uno de los procesos más exigentes del país.
Expresamos nuestro completo apoyo a la posición manifiesta por ustedes, consideramos que éste es el momento para exigir soluciones definitivas, que permitan retomar el concepto de Escuela de medicina de la Universidad Nacional de Colombia, rechazando la atomización de los docentes y estudiantes en múltiples instituciones de salud, implementando la interdisciplinariedad de los diferentes departamentos de la facultad y de las diferentes facultades de ciencias de la salud, y manteniendo el compromiso misional de la universidad de generar investigación y extensión que responda a las necesidades de la población, además la generación de desarrollo tecnológico y clínico para la sociedad.

Atentamente,

RESIDENTES DE MEDICINA INTERNA, GERIATRÍA Y ENDOCRINOLOGÍA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

jueves, 7 de julio de 2011

PUBLICACION REVISTA SEMANA


..." Clínica Carlos Lleras, en Bogotá
Los servicios de consulta externa, de hospitalización básica y de cirugía ambulatoria comenzaron a ser restringidos en la conocida clínica Carlos Lleras, en Bogotá, que junto con el hospital San Carlos conforma el complejo de la Fundación Hospital San Carlos.

A estas dos instituciones las EPS y la Secretaría de Salud les deben 21.000 millones de pesos. Los empleados de la clínica no han recibido el salario de los dos últimos meses, deuda que suma 2.000 millones de pesos, hay atrasos en el pago a los proveedores de insumos y las deudas del complejo asciende a 19.000 millones de pesos.

Solo Caprecom nos debe 2.700 millones de pesos; Nueva EPS, 6.000 millones de pesos; Saludcoop, 2.000 millones de pesos; la Secretaría de Salud, 1.500 millones de pesos, por mencionar algunas.

“No sabemos qué hacer. Para poder operar, como cualquier empresa, necesitamos de recurso humano y tecnológico, profesionales, médicos, enfermeras, medicamentos, insumos... Estamos tocando las puertas de las EPS, para que la cartera antigua (de más de un año) la vayan desembolsando para poder funcionar”, asegura el director de la clínica, Wálter Puerto.

Esta clínica tiene un convenio de asociación a riesgo compartido con la Universidad Nacional. En esta institución los estudiantes de las carreras de medicina y de ciencias de la salud hacen sus prácticas pero con los servicios restringidos, los estudiantes ni docentes asisten en la actualidad.

La situación, para el directivo, es clara. “Si sigue ese panorama, en 20 días el complejo podría estar cerrando. Es una voz de alarma. En el país hay más de una institución ad portas de cerrar. Bogotá tiene 11.600 camas para ocho millones de habitantes y si se cierran 250 camas más, imagínese. Todas las instituciones se van a reventar”.

miércoles, 6 de julio de 2011

MANIFESTACION EN MINISTERIO EDUCACION NACIONAL

Como nos ha caracterizado de manera pacífica y simbólica se ha realizado una manifestación en el ministerio de educación nacional. Agradecemos a todos los asistentes.
Lugar: Ministerio educación nacional. Fecha: Miercoles 06 de Julio 2011 Hora: 10:00 am a 13:00

viernes, 1 de julio de 2011

OFICIO DE PROFESORA DEL DEPARTAMENTO DE ANESTESIOLOGIA UNIVERSIDAD NACIONAL

Doctor
Mario E. Hernandez Alvarez
Representante de los Profesores ante el CSU

Reciba cordial saludo. Teniendo en consideración la información por usted brindada la semana anterior en la Asamblea convocada por el señor Decano de la Facultad de Medicina, de incluir el delicado tema de Hospital Universitario en la agenda de la siguiente sesión del CSU el próximo 28 de junio, me permito solicitar a usted sean considerados los siguientes temas en la presentación.
  • Los resultados del estudio de factibilidad realizado previo a la compra del predio de la Clínica Santa Rosa.
  •  El costo que está asumiendo mensualmente la Universidad por el funcionamiento del predio de la Clínica Santa Rosa.
  • Las razones que han impedido gestionar ante el Gobierno Nacional y Distrital el proyecto de inclusión de la Clínica Santa Rosa como IPS que oferte servicios a la red pública de hospitales del Distrito, en consonancia con modelos como el de la Universidad de Antioquia y el Hospital San Vicente de Paul.
  •  La respuesta de la Universidad ante las preguntas (surgidas hace más de una década) sobre los modelos de trabajo en el Hospital Universitario de los profesores de Medicina, aclarando si pueden vincularse a él como profesionales médicos, bajo qué figura pueden contratar sus servicios, si tendrían un límite en horas/semana y en dinero devengado, en el entendido que estas actividades serian realizadas en tiempo extra a su jornada académica docente-asistencial.
  • La respuesta de la Universidad ante la pregunta de cuál sería el destino de los dineros facturados por las actividades médicas asistenciales (consulta de urgencias, consulta externa, procedimientos quirúrgicos, procedimientos diagnósticos, procedimientos terapéuticos de intervencionismo, evolución en hospitalización y urgencias, juntas médicas, toma de pruebas diagnósticas, etc) realizadas por los profesores de Medicina dentro del desarrollo de la jornada docente-asistencial, toda vez que cada una de esas actividades serian cobradas por la IPS (Hospital Universitario) al pagador (respectiva EPS).
  • Las razones para no hacer efectiva la cláusula de incumplimiento dentro del joint-venture celebrado con la Fundación San Carlos, dada la evidencia a lo largo de las últimas dos semanas del incumplimiento por parte de ella.
  • La justificación para que no haya ningún cambio ni mejora en la gestión de la cartera por parte de San Carlos a pesar de que en repetidas ocasiones la Universidad la ha cuestionado.
  • Las razones para que la Universidad no cuestione actuaciones de la Fundación, como la de seguir prestando atención en salas de cirugía del Hospital San Carlos a pacientes de la Nueva EPS, a pesar de que la razón esgrimida para cerrar las salas de cirugía de la Clínica Carlos Lleras fue que la Nueva EPS no ha pagado y no se atenderían los pacientes.
  • La razón para no aceptar la figura de fundación como la mejor opción jurídica para que el Hospital Universitario entrara en funcionamiento, a pesar de los resultados de las diferentes consultorías y estudios pagados por la Universidad la recomiendan.
  • Las razones para repetir las desventajosas condiciones generales vividas con la Fundación San Carlos al asociarnos con Cafam, puesto que el convenio establece la entrega del predio saneado estructuralmente para ser habilitado, dotado y operado por Cafam. Este operador establece autonomía absoluta administrativa, dejándole a la Universidad una tenue participación en órganos de dirección para ser consultada.
  • La posición de la Universidad frente a la contracción de la nómina de profesores de planta de algunos departamentos de la Facultad (por ejemplo Cirugía y particularmente Anestesiología), así como la reacción a las señales de alerta máxima que hemos emitido con relación a la pérdida permanente y progresiva del contacto de nosotros los docentes con nuestros estudiantes, en las instituciones de salud que tienen convenios con la Universidad y los reciben (mayoritariamente a los de postgrado, en función de que son mano de obra calificada gratuita). 
Oficio de la profesora Bibiana J. Escobar Suarez, de la Unidad Especializada de Anestesiología del Departamento de Cirugía de la Facultad de Medicina, dirigido al doctor Mario E. Hernandez Alvarez, Representante de los Profesores ante el CSU, con copia para el Consejo de Facultad de Medicina.

OFICIO DE LOS PROFESORES DEL DEPARTAMENTO DE MEDICINA INTERNA UNIVERSIDAD NACIONAL

Doctor
Moisés Wasserman
Rector Universidad Nacional de Colombia

Nosotros los Profesores del Departamento de Medicina Interna queremos manifestarle nuestra honda preocupación a raíz de los graves hechos que se han presentado en las últimas semanas en la Clínica Universitaria Clínica Carlos Lleras Restrepo, los cuales han llevado, en la práctica, al cierre de los servicios asistenciales que presta esta institución. Siendo necesario recordar, que a pesar de sucesivos cambios de administración, esta institución ha venido siendo en los últimos 11 años y posterior al cierre del Hospital San Juan de Dios, el principal centro de prácticas y docencia de nuestro departamento, y que por lo tanto la situación actual de nuestro programas es crítica y CARECE DE PRECEDENTE, en vista de que la transición San Juan de Dios a Carlos Lleras se dio cuando todavía había pacientes en la institución.
Es importante recordar que con el cierre hace once años del Hospital San Juan de Dios, ocurrió una profunda fragmentación de la Facultad de Medicina, especialmente en el pregrado de Medicina y los posgrados, obligándonos a abrir múltiples centros de práctica docente, lo cual generó un serio impacto sobre la formación de nuestros profesionales: desagregación del conocimiento, pérdida de la interdisciplinariedad, en algunos posgrados la pérdida de la escuela y múltiples ajustes a las practicas docente asistenciales que se traducen en un desmedro de la calidad de los programas y en la práctica imposibilidad para realizar actividades de mejoramiento de los mismos. No obstante las dificultades mencionadas y gracias al esfuerzo de los docentes, logramos cumplir con los programas, muchos de los sitios de práctica que se consiguieron fueron por gestión individual de los profesores y lamentablemente la mayoría se ubicaron en las clínicas del Instituto de los Seguros Sociales, ya liquidado.
Es claro que con el interés de mantener abierta la Facultad de Medicina, hemos graduado 24 generaciones de médicos que no han conocido el Hospital Universitario de su Alma Máter.
Para su información, este Departamento tiene a su cargo asignaturas del pregrado de la carrera de Medicina, que involucra a más de 300 estudiantes y a 97 residentes cursando once posgrados (especialidades médico quirúrgicas). Como consecuencia de un proceso de reagrupamiento progresivo, fruto de las condiciones propicias que para tal fin venía ofreciendo el proyecto Carlos Lleras al momento actual, se desarrollaba en dicho centro cerca del 80% de las actividades docentes para estos estudiantes.
Actualmente con el casi cierre del Hospital Universitario Clínica Carlos Lleras Restrepo, quedamos sin un sitio de práctica medianamente honorable y con las mínimas especificaciones técnicas para llevar a cabo el desarrollo de los programas que se tienen a cargo en este departamento.
Los Profesores del Departamento de Medicina Interna nos preguntamos ¿qué ha pasado con la gestión de la universidad para tener nuestro hospital universitario?; han transcurrido diez años y muchas de las universidades públicas y privadas que presentaron durante este período crisis en sus centros de práctica hospitalaria, han terminado resolviendo este problema con altura y solvencia, en tanto que nosotros -quienes nos preciamos de pertenecer a la universidad más importante del país-, seguimos después de 11 años mendigando sitios dónde realizar la práctica docente y en ocasiones soportando vejámenes de todo tipo por parte de las instituciones hospitalarias y aplazando absurdamente una solución definitiva.
Hace ya más de tres años (abril de 2008) que el Proyecto de Hospital Universitario -discutido hasta el cansancio en todos los departamentos clínicos de las Facultades de Salud y demás Facultades de la Universidad- se presentó ante el Consejo Superior Universitario, sin embargo, transcurridos más de 36 meses, no hay solución a la vista, no se conoce la posición del CSU y se ha delegado su gestión a Cafam.
También nos preguntamos ¿qué pasó con los recursos de la Universidad en el desarrollo de este proyecto? Es preciso que a la luz de los acontecimientos actuales, después de haber invertido cerca de $40.000.000.000 (cuarenta mil millones de pesos) de recursos de la Universidad para este proyecto, se considere prudente reflexionar sobre la pertinencia de entregar la dirección del Hospital a una entidad ajena a la Universidad, que ni siquiera conoce el proyecto original desarrollado por ésta.
Por los motivos expuestos, consideramos que desde el punto de vista académico, carecemos de los mínimos recursos para atender los programas previamente mencionados y por tanto recomendamos hacer un alto en la carrera de medicina y en la admisión a los programas de posgrado afectados, hasta gestionar sitios de práctica que garanticen una formación de excelencia.
Esperamos con expectativa su pronunciamiento a este respecto.

Oficio dirigido al doctor Moisés Wasserman, Rector de la Universidad Nacional de Colombia, con copia al Consejo de Facultad de Medicina, firmado por 28 docentes del Departamento de Medicina Interna.

OFICIO DE LOS PROFESORES DEL DEPARTAMENTO DE CIRUGIA UNIVERSIDAD NACIONAL

Doctor
Moisés Wasserman
Rector Universidad Nacional de Colombia

Los profesores del departamento de Cirugía de la Facultad de Medicina cordialmente nos  dirigimos a Usted con el fin de manifestarle nuestra preocupación, descontento y desconcierto ante  la situación a la que hemos llegado de no tener un sitio de práctica adecuado para la formación de  nuestros estudiantes de pregrado y posgrado, ante el cierre de la clínica universitaria Carlos Lleras por decisión unilateral de las directivas del hospital San Carlos.
Esto nos coloca en una situación  muy grave, que plantea la suspensión de recibir más estudiantes de postgrado por ahora,  hasta que no se nos garantice un hospital digno de la facultad de medicina de la Universidad  nacional que permita el desarrollo adecuado de las actividades académicas, para cumplir con el  compromiso de entregar un buen producto profesional a la sociedad como es nuestra misión para  el país. En un mes empieza el nuevo semestre sin saber que vamos a hacer.
Es de anotar que llevamos 12 años sin hospital Universitario, con unos intentos fallados con la  Fundación San Carlos, resolviendo, los profesores con las directivas de la facultad, los problemas  del "diario vivir de los convenios" con otras instituciones , tratando de mantener abierta la facultad,  no ha faltado el esfuerzo de todos los estamentos de la facultad de medicina para que esto sea así  disminuyendo el impacto del daño moral, académico, económico y social; pero todo tiene un límite  señor rector, es imperativo, necesario y obligatorio que la rectoría asuma esta situación con la  importancia que merece.
Por todos es conocido y asistimos a la firma de un preacuerdo de un  convenio con CAFAM, hace dos años, para poner en funcionamiento el Hospital Universitario de la  Universidad nacional ( edificio adquirido hace más de 6 años), con la promesa que a más tardar en  un año se pondría en funcionamiento, hecho que no ha sucedido así, encontrando siempre  disculpas y dilaciones todas absurdas y que no son creíbles por la comunidad universitaria, con la  nueva noticia que se abrirá en febrero o marzo del 2012, sin saber si eso sucederá, cuando el  señor rector a dos meses de terminar su gestión entregue la rectoría, pero durante los cuatro años  de su administración no obtuvimos ninguna solución para la facultad de medicina de nuestra  universidad, la más importante del país, la de más tradición e historia, se perdió toda la escuela, da  pena asistir a las diversas reuniones académicas y ser siempre los señalados y estigmatizados de  una facultad sin rumbo, ni hospital, ni futuro, que nos coloca como los resignados a seguir  permitiendo que esto siga así.
Llegó el momento histórico para que se haga algo más efectivo:  exigimos la pronta apertura del hospital Universitario, con marcha acelerada de los procesos que  falten para este fin sin más excusas y la gestión ante las autoridades distritales y nacionales ( ya  que Usted. fue designado por el Consejo Superior Universitario , el cual tiene un miembro delegado  directamente por la presidencia de la república), de tramitar y velar urgentemente por la asignación  de un hospital distrital de importancia, para que los estudiantes y docentes de Medicina puedan  realizar una docencia y aprendizaje adecuados, porque sabemos que el sólo hospital universitario  en proyecto no es suficiente para cubrir todas las necesidades que tiene la facultad y la universidad.  Finalmente queremos expresarle nuestros mejores deseos y augurios, para que estas tareas  sean llevadas a buen término por el bienestar de toda la Facultad, ya que se han agotado muchas  opciones y no podemos seguir engañando a nuestros estudiantes y al país entero.

PROFESORES DEPARTAMENTO DE CIRUGIA UNIVERSIDAD NACIONAL

martes, 28 de junio de 2011

PLANTON POR HOSPITAL UNIVERSITARIO UNAL

Lugar: Hemeroteca UN Fecha: 28 de junio 2011 hora 8:00 a 12:00.
Gran afluencia de los estudiantes de pregrado.

viernes, 24 de junio de 2011

MANIFESTACION EN MINISTERIO PROTECCION SOCIAL

Como nos ha caracterizado de manera pacífica y simbólica se ha realizado una manifestación en el ministerio de la protección social. Se logró que funcionarios de este despacho nos atendieran y escucharan. Agradecemos a todos los asistentes.


Lugar: Carrera. 13 # 32-76  Fecha: Viernes 24 de Junio 2011 Hora: 10:00 am a 13:00
Asi se hizo el cubrimiento de la noticia en TV


Imágenes de ese día

jueves, 23 de junio de 2011

CONVENIO A REVISAR

El contenido de este documento debe ser revisado por todos. ! MUY IMPORTANTE DEJAR COMENTARIOS !


TAMBIEN PUEDE VER EL DOCUMENTO CLIC ACA

IMAGENES 23 DE JUNIO

Lugar: Universidad Nacional Rectoria Fecha: Jueves 23 de Junio 2011 Hora: 07:30 am a 10:00 am